¿La Ley del ejercicio del Periodista en Venezuela, acorde con la actualidad?

La Ley del Ejercicio del Periodista en la mayoría de sus artículos vela por la seguridad del Colegio Nacional del Periodista. Específica como debe ser elegido todo el personal del colegio, cuanto tiempo durara cada directiva, entre otros. Sin embargo para llamarse Ley del Ejercicio del Periodista reza muy poco sobre los deberes y derechos sobre la labor de un comunicador social entre ellos se encuentra el capítulo 8 que expresa que el periodista no se ve obligado a revelar la fuente de la información.

Otro artículo es el que emite que ningún periodista puede ser obligado a adulterar la información y por ultimo el artículo 43 que informa del Fondo Especial de Jubilación que es un ahorro para los periodistas jubilados.

Ademas de estos artículos la Ley del Ejercicio del Periodista no establece mas información sobre la profesión del Comunicador Social, se debe a las pocas actualizaciones que se le han realizado. Actualmente son muchas las maneras de comunicar no contempla la ley.

Ya sabemos que el periodista no puede ser obligado a tergiversar la información la información pero la ley no expresa a donde puede acudir el comunicador en caso de suceder tal situación, o si el Colegio de Periodista puede encargarse de la defensa. 

Si hablamos en cuanto a condena de la violación de esta ley tenemos los artículos 3, 34 y 39:

El Art 39, las personas que ejerzan ilegalmente el título de periodista será sancionado con prisión de 3 a 6 meses. Lo cual es muy poco tiempo ya que con lo rápido que avanza la comunicación actualmente los delitos pueden ser muy graves.

El Art 34, adulterar o negarse a rectificar información. Estimular el ejercicio ilegal del periodismo. Aquí eta aparentemente completa pero últimamente se ha visto como poco a poco en una información acusan, cambian la perspectiva u ocasionan desorden sin ser visiblemente delito.


Para este análisis se utilizó la "LEY DE EJERCICIO DEL PERIODISMO"
Y los autores del fueron Elizabeth B. Rodolfo G. y Alexis L.


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